Preguntas frecuentes VIH, ITS y Salud Sexual

¿Qué es el VIH? ¿Y el Sida?

El Sida es una enfermedad debida a la destrucción progresiva del sistema inmunitario provocada por un virus llamado VIH (Virus de la Inmunodeficiencia Humana). Para reproducirse, este virus ataca el sistema inmunitario, que es el método de defensa del organismo contra las agresiones externas de virus, bacterias, hongos microscópicos y parásitos. Cuando una cantidad importante de células del sistema inmunitario (llamadas CD4) han sido destruidas, las defensas se encuentran debilitadas. El riesgo de una infección oportunista es entonces muy elevado; cuando se produce se dice que la persona tiene sida (Síndrome de inmunodeficiencia adquirida) y su salud está seriamente comprometida.

La única manera de saber si una persona tiene el VIH es haciéndote la prueba; en este proyecto te facilitamos la realización de la prueba del VIH.

¿Cómo se transmite el VIH?

Para que se pueda transmitir el VIH han de darse estas tres condiciones:

  1. Presencia del virus.
  2. Fluido con capacidad de transmisión – El virus VIH está presente en todos los fluidos de las personas infectadas (orina, sudor, lágrimas, saliva…) pero sólo se encuentra en niveles de concentración con capacidad de infectar en la sangre, el semen, el flujo vaginal y la leche materna (ordenados de mayor a menor capacidad de infectabilidad).
  3. Puerta de entrada. Para que se produzca una infección el virus tiene que entrar en el organismo; pasar al torrente sanguíneo. La manera que tiene el virus de entrar en el organismo son las heridas (o microheridas) y las mucosas.

Se necesita una cantidad mínima de virus (umbral) para provocar la infección. Por debajo de este umbral, el organismo consigue liberarse del virus y le impide instalarse.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Cómo se transmite el VIH?

¿Cuáles son los síntomas del VIH?

Esta es una de las consultas más habituales y que más ansiedad suele generar en algunas personas

Respuesta: no existen síntomas específicos y claros de una infección por VIH.

Cuando se produce la infección por VIH (primoinfección), aproximadamente un 70% de personas, pueden tener algún síntoma muy inespecífico que puede aparecer entre las 2-4 semanas tras la infección (el tiempo que tarda el virus en “instalarse” en el sistema inmune). Son parecidos a síntomas gripales. Así, puede aparecer fiebre, cansancio, ganglios inflamados en el cuello y la nuca, erupción de la piel de corta duración y dolor muscular o articular. Estos síntomas desaparecen sin más y pueden durar entre 2-3 semanas. Por tanto, los síntomas de primoinfección del VIH (si los hay) nunca aparecen al día siguiente de una práctica de riesgo, ni siquiera dos o tres días después.

Es importante aclarar que la presencia de alguno de estos síntomas nunca puede utilizarse para diagnosticar una infección por VIH, puesto que pueden estar causados por otras muchas causas. Solo un profesional médico puede hacer un diagnóstico sobre la causa de esos síntomas y ayudarte a salir de dudas.

En el 30% de los casos no hay ningún tipo de signo o indicio (es decir, la infección pasa asintomática, como puede ocurrir con otras infecciones de transmisión sexual).

Entonces… ¿cómo saber si me he infectado de VIH?

Respuesta: la única manera de confirmar la existencia de una infección por VIH es hacerse la prueba específica.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Cuáles son los síntomas del VIH?

¿Cómo afecta la carga viral a la transmisión del VIH? ¿Qué quiere decir "Indetectable = Intransmisible"?

Para que se pueda transmitir el VIH han de darse estas tres condiciones:

  1. Presencia del virus.
  2. Fluido con capacidad de transmisión – El virus VIH está presente en todos los fluidos de las personas infectadas (orina, sudor, lágrimas, saliva…) pero sólo se encuentra en niveles de concentración con capacidad de infectar en la sangre, el semen, el flujo vaginal y la leche materna (ordenados de mayor a menor capacidad de infectabilidad).
  3. Puerta de entrada. Para que se produzca una infección el virus tiene que entrar en el organismo; pasar al torrente sanguíneo. La manera que tiene el virus de entrar en el organismo son las heridas (o microheridas) y las mucosas.

Se necesita una cantidad mínima de virus (umbral) para provocar la infección. Por debajo de este umbral, el organismo consigue liberarse del virus y le impide instalarse.

Tanto ONUSIDA como los Centros de Detección de Enfermedades de EEUU (CDC en sus siglas en inglés) y organizaciones de todo el mundo se hicieron eco de la Campaña Internacional:
INDETECTABLE=INTRANSMISIBLE (I=I, U=U en inglés).

El tratamiento no sólo mejora el pronóstico de las personas que viven con VIH, sino que evita la transmisión.

Tener prácticas sexuales con una persona que vive con VIH, que esté tratada y que tenga una carga viral indetectable durante 6 meses, no tiene riesgo para VIH, aunque no uses condón en las penetraciones, aunque haya eyaculación o aunque tengas hijos.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: Indetectable es intransmisible.

VIH, carga viral indetectable es intransmisible

¿Qué es la PEP? ¿Se te ha roto el condón en una penetración?

La Profilaxis post-exposición (PEP) consiste en administrar fármacos antirretrovirales después de una posible exposición al VIH para intentar evitar la infección. Tienen acceso a la PEP todas las personas que puedan haber tenido una exposición al VIH de alto riesgo.

Este tratamiento tiene que ser prescrito por un equipo médico y solo se proporciona en la farmacia del hospital. Para ello se puede acudir a los servicios de urgencias de los centros hospitalarios donde valorarán el riesgo real. Este tratamiento antirretroviral se administra a lo largo de un periodo de 28 días (cuatro semanas). Para tener la máxima probabilidad de ser eficaz se debe empezar a tomar lo antes posible después de la exposición (idealmente en las 4 primeras horas). A partir de las 72 horas desde la exposición, las posibilidades de que esta profilaxis sea eficaz son tan bajas que ya no está clínicamente indicada. Es importante tomar los fármacos tal como se han prescrito y hacer un seguimiento mediante pruebas del VIH para descartar que se haya producido la infección.

En general, en los servicios de urgencias hospitalarias proporcionan medicación para la profilaxis sólo para unos días, los suficientes para hacer un seguimiento con el especialista, que ofrecerá información sobre reducción de riesgos y sexo más seguro y facilitará el resto de los fármacos para completar los 28 días, a través de la farmacia del hospital. Este funcionamiento depende del centro hospitalario.

Más información en www.stopsida.org

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Qué sabes sobre la Profilaxis Post Exposición no ocupacional al VIH (PPE)?

Detección del VIH

  • Puede detectarse mediante el análisis de una muestra de sangre o saliva.
  • La prueba de detección se realiza mediante el test E.L.I.S.A., método que detecta los anticuerpos producidos por el organismo como reacción a la presencia del virus.
  • Un resultado negativo nos indica que la persona no tiene VIH.
  • Un resultado positivo no es suficiente para determinar que la persona tiene VIH; hay que hacer una prueba más específica para eliminar cualquier posibilidad de error. Esta prueba se llama Western Blot y un resultado positivo tras esta prueba (que se realiza sobre la misma muestra de sangre) nos indica que la persona tiene VIH. Un resultado negativo nos indica que no lo tiene.
  • En algunas ONGs, como Stop Sida, se realiza el test Combo, que además de la prueba Elisa, incluye también la detección de una parte del VIH: el antígeno P24.

Tratamiento de la infección

Los tratamientos específicos contra el VIH se denominan Tratamientos Antirretrovirales. Estos tratan de evitar la reproducción del virus dentro de las células infectadas.

Actualmente las combinaciones de medicamentos consiguen en muchos casos reducir el número de copias de VIH a valores mínimos. Esto permite a muchas personas comenzar una recuperación del sistema inmunitario lenta pero constante y librarse de los efectos o riesgos de sufrir infecciones oportunistas, aunque de momento no consiguen erradicar el virus del todo.

Si la carga viral es indetectable en sangre, el riesgo de transmisión del VIH es mínimo, aunque no se puede hablar de riesgo cero o nulo.

Si tienes alguna duda sobre tratamientos del VIH, puedes escribir a la organización Grupo de Trabajo sobre Tratamientos del VIH (GTT): Aquí

¿Qué es la PrEP? ¿Se puede tomar en España?

¿Qué es la PrEP?

La profilaxis preexposición (PrEP) es una estrategia para prevenir la transmisión del VIH en personas sin VIH y con un alto riesgo de contraer la infección.

Consiste en la toma de una pastilla una vez al día, en combinación con un seguimiento clínico, consejo asistido y control de la adherencia. En algunos países incluye otras pautas de toma, como la pauta “según eventos”: 2 pastillas el día antes de tener relaciones sexuales (puede ser de 2 a 24 horas antes) + 1 píldora justo después del sexo (o el mismo día) + 1 píldora más al día siguiente.

La mayoría de los estudios han mostrado una gran variabilidad en cuanto a su eficacia, cercana al 86%. Estos resultados van íntimamente ligados al nivel de adherencia al tratamiento.

Ya está aprobado que el fármaco que se utilizará como PrEP (Truvada) esté financiado de forma pública a partir del 1 de noviembre de 2019. Cada Comunidad Autónoma establecerá los protocolos que detallen el circuito definitivo, que pueden incluir unidades hospitalarias de VIH, Centros de ITS u otros recursos en los que se podrá solicitar y adquirir. En ellos se valorará si la persona se puede incluir en el programa de administración de PrEP, y les realizarán las pruebas pertinentes en caso de que sí.

La administración de la PrEP no supondrá un coste para la persona.

¿Quién puede acceder?

  • Hombres que tienen Sexo con Hombres (HSH) y personas transexuales VIH-negativas mayores de 18 años con al menos dos de los siguientes criterios:

–          Más de 10 parejas sexuales diferentes en el último año.

–          Practica de sexo anal sin protección en el último año.

–          Uso de drogas relacionado con el mantenimiento de relaciones sexuales sin protección en el último año.

–          Administración de profilaxis post-exposición en varias ocasiones en el último año.

–          Al menos una ITS bacteriana en el último año.

  • Trabajadoras del sexo VIH negativas que refieran un uso no habitual de preservativo.

¿Qué significa el resultado del auto-test del VIH?

Si te has hecho la prueba del VIH con un auto-test comprado en la farmacia y el resultado es:

Negativo, quiere decir que no tienes el VIH. Esto es así si han pasado 3 meses desde tu última práctica de riesgo (penetración sin preservativo, eyaculación en tu boca). Si no hubieran pasado esos 3 meses, el resultado no es definitivo.

Positivo, quiere decir que la prueba es reactiva, y que por tanto sería necesario confirmar el resultado con otra prueba de laboratorio. Esta prueba es gratuita si tienes la tarjeta sanitaria.

Si quieres que te informemos más sobre este tema, puedes escribirnos a [email protected] o llamarnos al 934522435.

Felación / mamada

Hacerla:

Consiste en estimular (lamer,chupar,…) el pene con la boca.

La felación sin preservativo y sin eyaculación en la boca se considera una práctica de riesgo mínimo para el VIH (casi inexistente), ya que no se ha podido demostrar la capacidad del líquido preseminal para transmitir el VIH y no existe ningún caso documentado de transmisión del VIH a través del líquido preseminal. Sí que existe un riesgo bajo si hay presencia de semen en la boca, ya que el semen puede entrar en contacto con la mucosa de la boca y posibles heridas en la boca o la garganta y de ahí pasar al torrente sanguíneo.

La saliva contiene enzimas que destruyen al virus; además, las membranas mucosas en la boca ofrecen más protección que las del ano/recto, cicatriza muy rápidamente y los fluidos generalmente no permanecen en la boca por mucho tiempo (ya que se tragan o se escupen). De todos modos la importante concentración de virus en el semen hace que ninguna de estas protecciones naturales sea eficaz si existe eyaculación dentro de la boca. En caso de tragarlo, el riesgo aumenta por el contacto del semen con la mucosa del esófago.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Qué riesgos tiene la felación / sexo oral?

(fuente foto: Revista Zero)

Penetración anal

Si se realiza sin preservativo se considera una práctica de riesgo alto en la transmisión del VIH, tanto para quien penetra como para quien es penetrado.

Tiene un riesgo más alto la persona que es penetrada, y aumenta si eyaculan dentro.

Si el preservativo no se rompe, no existe riesgo de transmisión del VIH. Si el condón está correctamente colocado, se utiliza desde el principio y se lubrica con un producto de base acuosa o de silicona el riesgo de rotura es muy bajo (las roturas de condones se producen casi siempre por una incorrecta utilización).

Si tienes VIH y mantienes la carga viral indetectable, el riesgo de transmisión del VIH se reduce al mínimo.

Si penetras o te penetran sin preservativo, hay algunas cosas que puedes hacer para reducir el riesgo:

  1. Reducir el número de parejas sexuales en general, o el número de parejas con las que realizas la penetración no protegida.
  2. Utilizar mucho lubricante en tus penetraciones para reducir la posibilidad de que se produzcan heridas, tanto en el pene como en el ano.
  3. Evitar que te penetren y, si lo hacen, evitar que eyaculen dentro.
  4. Evitar que se produzcan lesiones en tu ano antes de la penetración (por ejemplo, evitar la introducción del puño, o dejarlo para después de la penetración)
  5. Evitar utilizar lavativas antes de la penetración o su uso frecuente, ya que debilitan la mucosa anal y la hacen más susceptible de heridas.
  6. No compartir juguetes sexuales y si lo haces ponles un condón en cada uso.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: Penetración anal, ¿con o sin condón?: riesgos y maneras de reducirlos

(fuente foto: Revista Zero)

Besos

Por profundos que sean, besar, lamer o chupar el cuerpo de otra persona no tiene riesgo de transmisión para el VIH. Ser lamido/a, tampoco.

La saliva no puede trasmitir el virus. De hecho, contiene una sustancia denominada Inmunoglobulina que actúa como protectora contra las infecciones en general. Además, la mucosa oral (a diferencia de la anal) es una de las más resistentes del cuerpo humano y cicatriza muy rápidamente.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Los besos transmiten VIH? ¿Y el beso negro? ¿Lamer dedos?

(Fuente foto: Revista Zero)

Beso negro

Consiste en estimular (lamer, chupar…) el ano y la zona perianal.
No se considera una práctica de riesgo de transmisión para el VIH (aunque sí lo es para otras ITS, como la hepatitis A).

Puede haber riesgo en el caso de que haya presencia de sangre en el ano (por ejemplo si ha habido una penetración antes o un fist); en este caso se puede utilizar rollo de papel transparente o una barrera de látex como método para impedir el contacto de la boca con la sangre.
Recibir un beso negro no es una práctica de riesgo para el VIH, ya que solo se está en contacto con la saliva de la otra persona.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Los besos transmiten VIH? ¿Y el beso negro? ¿Lamer dedos?

(Fuente foto: Revista Zero)

Masturbación Mutua

Estimular con la mano los genitales de otras personas (pene, vagina, ano…) no se considera una práctica de riesgo para el VIH, siempre que no se use el semen de la otra persona como lubricante para realizar la masturbación. En ese caso sí comportaría riesgo de transmisión del VIH, puesto que puede poner en contacto un fluido con capacidad de infección (semen) con posibles puertas de entrada al pene o la vagina (lesiones y mucosas).

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: Masturbación mutua: riesgos y maneras de reducirlos

(Fuente foto: https://www.pinterest.es/pin/492159065506064612/)

Penetración vaginal

La penetración vaginal sin preservativo es una práctica de alto riesgo para la persona que penetra y para la que es penetrada. El riesgo biológico es mayor para la persona que es penetrada. El riesgo para la persona que penetra es mayor durante el período de menstruación debido a la presencia de sangre.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: La vagina en las relaciones sexuales: riesgos y maneras de reducirlos.

(Fuente foto: Revista Togayther).

Cunnilingus

Consiste en estimular con la lengua la vagina. El riesgo que conlleva hacer un cunnilingus es sólo teórico, es decir, que apenas hay casos documentados de transmisión por esa vía, lo que no excluye la posibilidad de que pueda suceder.

Durante el período de la menstruación, hacer un cunnilingus sin métodos barrera tiene un mayor riesgo por la presencia de sangre. Y puede aumentar si existen inflamaciones en las encías o heridas en la mucosa bucal.

En el caso de recibirlo, no se considera práctica de riesgo, ya que la persona sólo entra en contacto con la saliva.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: La vagina en las relaciones sexuales: riesgos y maneras de reducirlos.

(Fuente foto: Revista Togayther).

Sexo en grupo

Se puede evitar la transmisión del VIH usando un condón para cada culo, vagina y para cada pene. Si una persona no se cambia el condón estará protegida frente al VIH, pero pondrá en contacto la sangre y/o fluídos vaginales de las personas a las que penetre con las mucosas y heridas de otras personas. Por eso sería una práctica de riesgo para la transmisión del VIH y de otras ITS.

Otro factor de riesgo en el sexo en grupo es no saber si un preservativo se ha utilizado antes con otra persona, por ejemplo. Además puede resultar más difícil negociar el sexo que se quiere tener, y más aún si se consumen drogas.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Qué riesgo tiene el Fist Fucking para el VIH/ITS? ¿y los juguetes sexuales? ¿el sexo en grupo? ¿el BDSM?

(Fuente foto: cortometraje “El Tercero” de Rodrigo Guerrero). 

Juguetes sexuales

Existen varios tipos de juguetes: vibradores, dildos dobles, bolas chinas… Al intercambiar el dildo tras utilizarlo, se puede entrar en contacto con restos de fluidos presentes en el dildo (sangre, flujo vaginal). Por eso, se puede evitar la transmisión del VIH poniéndole un condón al dildo cada vez que se introduzca en una persona diferente. Con juguetes como las bolas chinas, a los que no se puede poner un condón, la estrategia para evitar la transmisión es que cada uno utilice su juguete. También se pueden desinfectar después de usarlo con una solución de agua y lejía (aunque puede dañar algunos juguetes).

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Qué riesgo tiene el Fist Fucking para el VIH/ITS? ¿y los juguetes sexuales? ¿el sexo en grupo? ¿el BDSM?

(Fuente foto: cortometraje “El Tercero” de Rodrigo Guerrero). 

Prácticas BDSM

BDSM (bondage-disciplina-sadismo-masoquismo): Son prácticas en las que pueden jugar un papel importante los roles de dominación y sumisión, los fetiches y la exploración del placer/dolor. En la práctica del BDSM es fundamental llegar a acuerdos y respetarlos. Se suele acordar una contraseña de emergencia para parar el juego (por ejemplo: stop). Un aspecto a tener en cuenta en el caso de inmovilizaciones es que se pierde la capacidad de negociación. Conocer a la otra persona y que sea de confianza puede facilitar el cumplimiento de los pactos que habéis establecido de antemano.
El uso de objetos (por ejemplo, látigos o fustas) que produzcan sangrado e intercambiarlos es una práctica de riesgo para el VIH y las hepatitis B y C. Para reducir este riesgo se puede limitar la utilización de estos objetos al uso personal. También se pueden desinfectar después de su uso y antes de compartirlo.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Qué riesgo tiene el Fist Fucking para el VIH/ITS? ¿y los juguetes sexuales? ¿el sexo en grupo? ¿el BDSM?

(Fuente foto: cortometraje “El Tercero” de Rodrigo Guerrero). 

Otras Prácticas

Fist Fucking

Es la introducción de la mano en el ano. Puede ser una práctica de riesgo para el VIH. Se pueden usar guantes de látex para evitar el contacto con cualquier herida que pueda haber en la mano/brazo. Utilizar mucho lubricante ayuda a dilatar y así se evitan desgarros y hemorragias.

Para la primera vez puede ser importante hacerlo con alguien que tenga experiencia. También puede ayudar aprender a relajarse, y haber practicado antes con los dedos y/o con dildos.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Qué riesgo tiene el Fist Fucking para el VIH/ITS? ¿y los juguetes sexuales? ¿el sexo en grupo? ¿el BDSM?

(Fuente foto: cortometraje “El Tercero” de Rodrigo Guerrero). 

Puedes saber más sobre cómo reducir los daños y riesgos en la práctica del fist en este vídeo:

Afeitarse

El afeitado produce irritación, heridas o microheridas en la piel. En este caso se puede evitar el contacto de esas zonas con fluídos con capacidad de infección (sangre, semen, flujo vaginal). Intercambiar cuchillas de afeitar es una práctica de riesgo para el VIH y otras ITS.

Lamer pies, lapos

La saliva no puede transmitir el VIH. No se consideran prácticas de riesgo para el VIH.

Scat

El juego con las heces no es una práctica de riesgo para el VIH, aunque sí puede serlo para la hepatitis A y la adquisición de parásitos.

Lluvia dorada

Consiste en estimular orinando sobre otra persona. No es una práctica de riesgo ya que la orina no transmite el VIH. Incluso si la orina contuviera pequeñas cantidades de sangre, el virus no sobreviviría al ácido, calor, fricción, enzimas y dilución.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: Lluvia dorada, scat, lamer pies, lapos… riesgos y maneras de reducirlos

(Fuente foto: Referencial en Caraota Digital). 

¿Cómo nos afecta?

Los hombres gais y bisexuales somos especialmente vulnerables a adquirir alguna ITS. En los últimos años ha habido un aumento significativo de los casos de infección por sífilis y linfogranuloma venéreo (LGV), y se han empezado a reportar un aumento de casos de Hepatitis C (VHC), especialmente en hombres que tienen el VIH.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: ¿Qué son las ITS?

¿Cómo prevenirlas?

Las ITS son causadas por bacterias, virus, hongos o parásitos. El uso del condón reduce el riesgo de contraer una ITS.Aunque puede ser difícil prevenir todas las ITS, la mayoría de estas infecciones tienen tratamiento y pueden curarse.

Las hepatitis A y B tienen vacuna.

Puedes prevenir la reinfección de una ITS bacteriana/parasitaria o la coinfección con otro tipo o cepa de una ITS vírica si:

  • Avisas a tu(s) compañero(s) sexual(es) que te han diagnosticado de una ITS.
  • Te abstienes de tener relaciones sexuales durante el periodo de curación o tratamiento de los síntomas.
  • Te mantienes en el sexo más seguro después del diagnóstico de una ITS.

Lee el artículo completo, con mucho más información sobre este tema, desde nuestro blog: Sexo más seguro: estrategias de reducción de riesgos respecto al VIH y otras ITS

Tener VIH puede dificultar la curación de las ITS, y algunas pueden hacer que el abordaje de la infección por VIH sea más complejo, como es el caso de la Hepatitis C. Puedes hablar con tu especialista para que en tus analíticas rutinarias incluyan análisis sobre ITS.

Tener una ITS aumenta el riesgo de infección y de transmisión del VIH.

¿Cómo diagnosticarlas?

Una persona puede estar infectada de una ITS y no saberlo, y/o no tener síntomas. Existen recursos sanitarios para realizar pruebas diagnósticas que te ayuden a conocer el estado de tu salud. El autorreconocimiento de los síntomas o lesiones nos permite valorar el acudir al especialista. Sólo un médico puede hacer un diagnóstico y proponer un tratamiento tras hacerte un reconocimiento.Para acceder al sistema público sanitario es necesario presentar la tarjeta sanitaria. En Stop Sida te podemos asesorar y facilitar las gestiones para el acceso al sistema sanitario catalán y el empadronamiento.

Puede ser más difícil acudir al médico si piensas que hay algo malo en tu sexualidad, o que has actuado de forma inapropiada (por disfrutar del placer anal, por el lugar donde tuviste relaciones sexuales, o si pagaste por ellas, o si las tuviste fuera de tu pareja o con muchas parejas sexuales). Si recibes una atención médica inadecuada, el médico te culpabiliza o hace un juicio moral de tu conducta, tienes derecho a poner una reclamación y a cambiar de médico. La información que proporciones en la consulta médica es confidencial.

¿Cómo tratarlas?

Las infecciones causadas por bacterias tienen un tratamiento eficaz con antibióticos. Las causadas por virus tienen tratamiento para los síntomas.

Sifilis

¿Qué es?

Es una infección de transmisión sexual crónica generalizada, y en la que se alternan periodos de actividad interrumpidos por periodos en los que no da síntomas.

¿Qué síntomas tiene?

La enfermedad evoluciona por etapas:

1ª Fase: Aparición del chancro sifilítico en el lugar de contacto con la bacteria. Es una lesión normalmente indolora, parecida a una quemadura de cigarro, que puede transmitir la infección por contacto. Aparece aproximadamente a las 3 semanas. Desaparece sin dejar cicatriz pero la bacteria permanece en el organismo.

2ª Fase: Sífilis secundaria: es la fase con mayor capacidad de transmisión. Aparece a los 2-3 meses, con síntomas como erupciones en la piel, malestar general, ganglios abultados, lesiones no dolorosas en las mucosas, entre otros. Los síntomas desaparecen totalmente y al cabo de un año queda latente.

3ª Fase: Sífilis terciaria: aparece a los 5-30 años y puede afectar gravemente al cerebro, corazón y vasos sanguíneos.

¿Cómo se transmite?

Se transmite por contacto con el chancro sifilítico y con piel/mucosas infectadas. Este contacto es más frecuente en la penetración o en el sexo oral.

¿Cómo evitarlo?

Utilizando métodos barrera en la penetración y en el sexo oral, y evitando el contacto con el chancro sifilítico. Se puede diagnosticar a partir de 4 a 6 semanas después de la posible infección.

¿Qué tratamiento tiene?

El tratamiento suele ser con penicilina y elimina la infección.

Gonorrea

¿Qué es?

Es una inflamación causada por una bacteria, que afecta sobre todo a la uretra (conducto urinario) en la mujer y el hombre y al cuello uterino, el útero y las trompas de Falopio en la mujer. A veces puede afectar al recto, faringe y ojos.

¿Qué síntomas tiene?

No siempre existen, puede haber personas sin síntomas. Suelen aparecer desde los 2 a los 7 días desde el contacto sexual.

Infección en la uretra

  • Sensación de malestar al orinar.
  • Secreción purulenta de color amarillento-verdoso.
  • Aumento de las ganas y la frecuencia de orinar.
  • Los síntomas pueden ser más acusados por la mañana y pueden aparecer secreciones secas en la ropa interior.

Gonorrea Rectal

  • Malestar anal.
  • Supuración rectal.

Infección de la faringe

  • Generalmente asintomática.
  • Puede producir dolor de garganta y molestias al tragar.

¿Cómo se transmite?

Se transmite cuando tejidos sanos se ponen en contacto tejidos infectados y sus secreciones (del pene, vagina, ano y garganta). Por ejemplo en la penetración sin preservativo, en el sexo oral o el beso negro.

¿Cómo evitarlo?

Usando métodos barrera para evitar el contacto con los tejidos infectados y sus secreciones, como por ejemplo, el preservativo en la penetración y en la felación.

¿Qué tratamiento tiene?

Tiene un tratamiento sencillo con antibióticos durante unos 7 días.

Clamidiasis y linfogranuloma venéreo (LGV)

¿Qué es?

Es una inflamación causada por una bacteria, que afecta a la uretra, recto, faringe y ojos. El linfogranuloma venéreo (LGV) es una variante más agresiva de la clamidia.

¿Qué síntomas tiene?

Con frecuencia no produce síntomas. Si estos aparecen se manifiestan entre 7 y 21 días tras el contacto sexual como una secreción clara y transparente acompañada de molestias al orinar.

¿Cómo se transmite?

Se transmite cuando tejidos sanos se ponen en contacto tejidos infectados y sus secreciones (del pene, vagina, ano). Por ejemplo en la penetración sin preservativo, en el sexo oral o el beso negro.

¿Cómo evitarlo?

Usando métodos barrera para evitar el contacto con los tejidos infectados y sus secreciones, como por ejemplo, el preservativo en la penetración y en la felación.

¿Qué tratamiento tiene?

Tiene un tratamiento sencillo con antibióticos.

Hepatitis A

¿Qué es?

Es la inflamación del hígado causada por el virus de la Hepatitis A. Desaparece por sí misma, y nunca se cronifica.

¿Qué sintomas tiene?

La mayoría de las personas no presentan síntomas. En el caso de presentarse, estos pueden ser:

  • Coloración amarilla de la piel o en el blanco de los ojos.
  • Cansancio.
  • Dolores musculares.
  • Orina de color oscuro.
  • Heces muy claras o blancas.
  • Suele confirmarse mediante análisis de sangre.

¿Cómo se transmite?

Por vía oral con heces, por ejemplo practicando el beso negro o chupando tus dedos para lubricarlos si antes los has introducido en su culo.

¿Cómo evitarlo?

Existe una vacuna eficaz para no infectarte del virus de la hepatitis A. Son dos o tres dosis, y suele incluir también la vacuna de la hepatitis B. La primera vacuna da protección durante un año. La segunda a los 6-12 meses te protege durante unos 10 años.
Si no te vacunas, puedes utilizar una barrera física entre tu lengua y su culo, como una lámina de látex o papel transparente para envolver alimentos (que no sea para microondas).

¿Qué tratamiento tiene?

No existe tratamiento específico. Las personas que tienen está enfermedad deben guardar reposo, evitar beber alcohol y ciertos medicamentos y seguir una dieta adecuada.

Hepatitis B

¿Qué es?

Es la inflamación del hígado causada por el virus de la hepatitis B. En un porcentaje reducido de casos (5-10%) se puede cronificar. En algunas de las personas en las que se cronifica puede llegar a producir una cirrosis hepática.

¿Qué sintomas tiene?

La mayoría de las personas no presentan síntomas (75% de los casos). En el caso de presentarse, estos pueden ser:

  • Coloración amarilla de la piel o en el blanco de los ojos.
  • Cansancio.
  • Dolores musculares.
  • Orina de color oscuro.
  • Heces muy claras o blancas.
  • Suele confirmarse mediante análisis de sangre.

¿Cómo se transmite?

Se transmite por vía sexual, de la misma manera que el VIH. El virus está presente en sangre, semen y flujo vaginal, que pueden provocar la infección al entrar en contacto con heridas y mucosas.

¿Cómo evitarlo?

Existe una vacuna eficaz para no infectarte del virus de la hepatitis B. Son dos o tres dosis y suele incluir también la vacuna de la hepatitis A. La primera vacuna da protección durante un año. La segunda a los 6-12 meses te protege durante unos 10 años.
Si no te vacunas, las medidas de prevención para evitar la infección de la hepatitis B son las mismas que para el VIH: puedes evitar la infección utilizando preservativo en tus relaciones sexuales.

¿Qué tratamiento tiene?

Aunque en la mayoría de los casos se resuelve por sí sola, en las formas crónicas está indicado el tratamiento. Las personas que tienen está enfermedad deben guardar reposo, evitar beber alcohol y ciertos medicamentos y seguir una dieta adecuada.

Para más información sobre tratamiento puedes clickar aquí

Hepatitis C

¿Qué es?

Es la inflamación del hígado causada por el virus de la Hepatitis C.
Es la que presenta la mayor tendencia a cronificarse (hasta el 50%). Un 20% de los enfermos acaba desarrollando cirrosis y de estos, en algunos casos, puede aparecer un cáncer hepático.

¿Qué sintomas tiene?

Puede ser que la persona no presente síntomas (60-70%de los casos). En el caso de presentarse, estos pueden ser:

  • Coloración amarilla de la piel o en el blanco de los ojos.
  • Falta de apetito.
  • Malestar general.
  • Trastornos digestivos.
  • Suele confirmarse mediante análisis de sangre.

¿Cómo se transmite?

La principal vía de transmisión es a través de la sangre de personas infectadas, directamente o a través de objetos (tatuajes, acupuntura, jeringuillas, maquinillas de afeitar…).
La infección por vía sexual está relacionada sobre todo con prácticas sexuales de penetración, principalmente en aquellas con mayor presencia de sangre (como el fist fucking) y al compartir lubricante si en él quedan restos de sangre.

Más información aquí.

¿Cómo evitarlo?

  • Utilizando el preservativo en tus relaciones sexuales
  • Evitando compartir materiales con restos de sangrado (fustas, cepillo de dientes, maquinillas de afeitar, agujas para tatuajes…)
  • Evitando compartir lubricante con restos de sangre, en el caso de sexo en grupo

 

¿Qué tratamiento tiene?

En las formas crónicas está indicado el tratamiento. Las personas que tienen está enfermedad deben guardar reposo, evitar beber alcohol y ciertos medicamentos y seguir una dieta adecuada.
Para más información sobre tratamiento puedes clickar aquí

Condilomas / Papiloma

¿Qué es?

Son lesiones con forma de verruga producidas por la infección del virus del papiloma humano (VPH). Hay más de 100 tipos de VPH diferentes.

¿Qué síntomas tiene?

En la mayoría de los casos, la infección por el virus es asintomática. Algunas formas del virus pueden persistir y producir lesiones en forma de verrugas, principalmente en genitales y ano. Pueden aparecer entre 1 y 20 meses del contacto sexual. Algunos tipos del VPH están asociados como precursores del cáncer anal o de pene. El virus queda alojado en el organismo y la aparición/reaparición de las verrugas varía según la persona.

¿Cómo se transmite?

Se transmite a partir del contacto con la piel/mucosa infectada y con las verrugas, especialmente en las relaciones sexuales. Por ejemplo en la penetración sin preservativo. Es muy poco frecuente la infección por el sexo oral.

¿Cómo evitarlo?

Evitando el contacto con la piel/mucosa infectada y con las verrugas, poniendo una barrera física. Por ejemplo, utilizando el preservativo en la penetración y en el sexo oral.

¿Qué tratamiento tiene?

No hay tratamiento que erradique el virus, aunque puede desaparecer por sí mismo. Las verrugas se eliminan mediante líquidos especiales o cirugía de láser para cauterizarlas o congelarlas. Sin embargo, una vez que se han eliminado las zonas lesionadas, el virus suele quedar alojado en el organismo, por lo que las verrugas pueden reaparecer.

Herpes genital

¿Qué es?

Es la infección de la piel de la zona genital o alrededor del ano causada por el virus del herpes simple (VHS).

¿Qué síntomas tiene?

Aparecen úlceras y vesículas de forma intermitente, parecidas a los herpes labiales. Estas pueden provocar molestias, seguido de la erosión de la zona y finalizando en costras, que se curan solas en unos 10 días aunque no se traten. No deja cicatriz.

Aparecen en los genitales acompañadas de picores y secreciones de líquido transparente por el conducto de la orina. También aparecen alrededor y dentro del ano, provocando dolor y estreñimiento. Suelen durar entre 5 y 7 días A parte del dolor y escozor, puede haber malestar general y fiebre.

Tiende a reaparecer, ya que el virus que la produce no se elimina del cuerpo (queda latente en el organismo) y puede reactivarse y reinfectar la piel en momentos en que te bajen las defensas.

¿Cómo se transmite?

Se transmite por contacto con las lesiones y con la piel/mucosas infectadas. También a través de las secreciones en ano, pene y vagina. Por ejemplo en las relaciones sexuales con penetración y sin usar preservativo. También por rozamiento con la zona donde se tiene el herpes aunque no haya penetración. Si se tienen lesiones en los labios también se puede transmitir por sexo oral, aunque es menos probable.

¿Cómo evitarlo?

Utilizando el preservativo, tanto en la penetración como en el sexo oral.

¿Qué tratamiento tiene?

Los tratamientos que existen sirven para que todo este proceso dure menos, pero en ningún caso el tratamiento cura la infección. Dicho tratamiento consiste en un antivírico denominado ACICLOVIR. Se puede aplicar en la zona o tomarse en comprimidos.

Ladillas

Parásito que vive en el vello púbico. Produce picor intenso en la zona del pubis, perineo y otras zonas corporales con pelo.Rasurarse la zona y lavar las prendas infectadas con agua caliente ayuda a su erradicación.

Candidiasis

Está causada por el hongo cándida albicans, que puede encontrarse en el interior de la vagina.Los síntomas son malestar y picor en la vagina, con presencia en algunos casos de un flujo blanquecino y cremoso o acuoso.

Se puede transmitir a través de las relaciones sexuales con penetración y sexo oral, por contacto no sexual (usando ropa o toallas no lavadas de una persona infectada) o por un desequilibrio en la flora vaginal, ya que son organismos que siempre están en la vagina y sólo dan lugar a molestias cuando la cantidad de hongos es excesiva.

El tratamiento de la candidiasis es mediante fármacos antifúngicos (anti-hongos) que se presentan en forma de cremas y/o óvulos que han de aplicarse de 1 a 5 días.

Las recaídas son frecuentes. Como medida preventiva se puede evitar la humedad, el sudor y la irritación en la vagina.

Despido y acoso laboral por razón de VIH

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

El despido y el acoso laboral por razón de VIH: 

La Organización Internacional del Trabajo ha establecido que las personas con VIH pueden realizar todo tipo de trabajos y, asimismo, ha determinado que no debería existir ninguna discriminación o estigmatización hacia los trabajadores por su estado serológico con respecto al VIH.

Aún así, el ámbito laboral es donde más se suelen dar situaciones discriminatorias hacia las personas que tienen VIH.

Estas discriminaciones se pueden dar en el acceso al empleo o durante el desarrollo de la relación laboral por la negativa a contratar. Dichas situaciones se pueden producir por la obligación de sometimiento a reconocimiento médico que incluye la prueba de VIH, por la ruptura de la confidencialidad, por rumores, por la exclusión de actividades o servicios, por la imposibilidad de promocionar en la propia empresa o por situaciones de acoso o despido laboral.

Si te acosan en el trabajo por tener VIH:

Las situaciones de acoso laboral son muy variadas y por ello es conveniente saber identificarlas y denunciarlas adecuadamente.

Si a raíz de conocer el estado serológico al VIH de una persona, la empresa le trata de forma vejatoria; le somete a una situación de acoso para que abandone la empresa; permanece impasible ante la agresión de compañeros de trabajo; o incumple gravemente sus obligaciones empresariales; existen mecanismos legales para atajar el acoso laboral.

Si te despiden por tener VIH:

Si la empresa, tras conocer el estado serológico, te despide, no te renueva el contrato temporal, da por extinguido el contrato temporal, resuelve el contrato durante el periodo de prueba, rechaza de forma injustificada la solicitud de reingreso de la persona (después  de una incapacidad temporal o una excedencia, por ejemplo), etc.,  estaríamos ante un despido discriminatorio.

Para saber qué puedes hacer en estas situaciones, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: Despido y acoso laboral por razón de VIH

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

El acceso a la función pública por las personas con VIH

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

En 2018 se han dado importantes avances para acabar con la exclusión de las personas con VIH de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, adaptando los cuadros médicos a la  nueva evidencia científica.

¿Pueden acceder a puestos en la función pública las personas con VIH?

Sí, cualquier persona puede acceder a la función pública porque este acceso se basa en los principios de mérito y capacidad, reconocidos en el artículo 103.3 de la Constitución Española (CE), y en el de igualdad, reconocido en el 14 y 23.2 CE y en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

Las personas que aspiren a una de las plazas convocadas deberán superar los procesos selectivos, que podrán consistir en un sistema de oposición o concurso oposición, y que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación. En estos procedimientos de selección podrán incluirse pruebas físicas y reconocimientos médicos (art. 61.2 y 5 EBEP).

Hay que tener en cuenta que en determinadas oposiciones se solicita información médica de la persona para comprobar que posee las capacidades adecuadas para desempeñar el trabajo.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: El acceso a la función pública por las personas con VIH

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

El acceso a las prestaciones de la Seguridad Social por las personas con VIH

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

Siempre que se cumplan los requisitos legales, las personas con VIH, como cualquier otra persona, tienen derecho a una serie de prestaciones de la Seguridad Social.

¿Qué son las prestaciones de la Seguridad Social?

Son un conjunto de beneficios legales que pone en funcionamiento la Seguridad Social para prever, reparar o superar determinadas situaciones de infortunio o estados de necesidad concretos en los que se puede encontrar una persona. Estas situaciones suelen originar una pérdida de ingresos o un exceso de gastos en las personas que los experimentan, de ahí que la Seguridad Social intente compensarlas, en dinero o en especie.

Es importante tener en cuenta que, de entre los distintos tipos de prestaciones, hay que distinguir entre prestaciones contributivas y no contributivas o asistenciales, según se exija o no cotización previa.

Prestaciones contributivas

Las prestaciones contributivas están condicionadas al ejercicio de una actividad profesional, puesto que para tener derecho a ellas se debe haber cotizado a la Seguridad Social un tiempo mínimo.

Prestaciones no contributivas

Las prestaciones no contributivas no exigen cotización previa a la Seguridad Social por lo que tendrán derecho a ellas todas las personas en estado de necesidad que, residiendo legalmente en España, no cuenten con ingresos suficientes.

Prestaciones por desempleo

La prestación contributiva por desempleo, conocida como ‘el paro’, se abona por el Servicio Público de Empleo Estatal. El importe de esta prestación varía en función del tiempo y de la cuantía que se haya cotizado. Para tener derecho a cobrarla hay que cumplir una serie de condiciones: haber perdido el empleo de forma involuntaria (por despido, finalización de contrato, entre otros); estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad; haber cotizado al menos 365 días en los últimos seis años; no haber cumplido la edad ordinaria que se exija para cobrar la pensión contributiva de jubilación.

Prestación por viudedad

Es una prestación económica que consiste en una pensión vitalicia, que se concede a quienes hayan tenido vínculo matrimonial o fueran pareja de hecho con la persona fallecida y reúnan los requisitos legalmente exigidos.

Debe solicitarse al Instituto Nacional de la Seguridad Social en cualquier momento posterior al fallecimiento.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: El acceso a las prestaciones de la Seguridad Social por las personas con VIH

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El derecho a la intimidad de las personas con VIH

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

La última evidencia científica ha hecho evolucionar la jurisprudencia que existe sobre el derecho a la intimidad, pues ya no está justificado que las personas con VIH tengan que declarar obligatoriamente su estado de salud, a excepción del caso de que requieran asistencia sanitaria.

La confidencialidad con la que ha de tratarse la información personal sanitaria es uno de los aspectos que más preocupa a las personas con VIH.

El hecho de tener que someterse a reconocimientos médicos en el ámbito laboral o el tener que aportar documentación sanitaria como requisito para la contratación, son motivos de preocupación de las personas con VIH pues temen ser rechazadas.

¿Las personas con VIH tienen la obligación de informar sobre su estado serológico para acceder  a un puesto de trabajo?

Salvo casos muy específicos, las personas con VIH no tienen la obligación legal de informar sobre su estado de salud, pues esta información forma parte de la esfera privada de la vida de las personas cuya protección garantiza el artículo 18.1 de la Constitución Española.

¿Qué hacer ante la vulneración de mi derecho a la intimidad?

Cuando la vulneración ocurre en el ámbito laboral, se debe denunciar los hechos ante la Inspección de Trabajo.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: El derecho a la intimidad de las personas con VIH

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

El personal sanitario con VIH

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

¿Puede una persona con VIH trabajar en el ámbito sanitario?

La respuesta a esta cuestión no es sencilla. La norma general es que el tener VIH no es un impedimento para desempeñar profesiones sanitarias. Sin embargo, dependiendo de las funciones a desempeñar y del estado de salud del profesional, se pueden establecer ciertas condiciones. Esto ha provocado que el ámbito de las profesiones sanitarias sea un ámbito que continúa poniendo limitaciones a las personas con VIH y obligando a que el personal sanitario se haga las pruebas de detección del VIH.

¿Existe una ley que limite el desempeño de su profesión sanitaria a una personas con VIH?

En España, si dejamos a un lado la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, no hay normas legales específicas que establezcan este tipo de restricción. Están publicadas unas Recomendaciones del Ministerio de Sanidad del año 1998 que establecen las pautas generales que se deben seguir en el caso de los profesionales sanitarios con VIH.

Las Recomendaciones del Ministerio de Sanidad

Proponen que las personas con VIH que trabajen en el ámbito sanitario sean clasificadas en tres grupos:
– Aquellas que no realizan procedimientos invasivos y aplican en su trabajo las precauciones universales
– Aquellas que realizan procedimientos invasivos no incluidos entre los que pueden predisponer a exposiciones accidentales y aplican en su trabajo las precauciones universales
– Aquellas que realizan procedimientos invasivos con riesgo de exposiciones accidentales

En los dos primeros supuestos, las personas con VIH podrán continuar con su labor habitual y deberán pasar los controles médicos adecuados.

Profesionales sanitarios con VIH que realizan procedimientos invasivos

¿Qué ocurre con las personas con VIH que realizan procedimientos invasivos con riesgo de exposición accidental en el ámbito sanitario? Las Recomendaciones del Ministerio limitan las intervenciones en las que el personal sanitario con VIH puede intervenir. Se establece un procedimiento de evaluación y seguimiento de este personal en relación con el VIH mediante la creación de una Comisión de Evaluación.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: El personal sanitario con VIH

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VIH y el grado de incapacidad laboral: obtención y revisión de incapacidad

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

Es importante recordar que mientras que la discapacidad se da en la persona que presenta una deficiencia en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales previsiblemente definitivas, la incapacidad trata sobre la aptitud laboral del trabajador.

Las prestaciones de la Seguridad Social

Las personas con VIH tienen derecho a una serie de prestaciones de  la Seguridad Social, siempre que cumplan los requisitos legales. Una de ellas es la prestación por incapacidad laboral.

¿Qué es la incapacidad laboral?

Cuando el estado clínico actual de la enfermedad no permite a las personas con VIH hacer actividades cotidianas o desarrollar las funciones en un determinado puesto de trabajo, existe la posibilidad de solicitar un grado de incapacidad laboral.

La incapacidad, a diferencia de la discapacidad, presupone una falta de aptitud del trabajador en el desarrollo de su actividad laboral. La incapacidad se encuentra relacionada con el trabajo. El trabajador presentará objetivamente reducciones anatómicas o funcionales graves, que disminuyen o anulan su capacidad laboral. Esta incapacidad puede ser temporal o permanente.

La incapacidad temporal da lugar a un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas mientras el trabajador está imposibilitado temporalmente para trabajar y recibe asistencia sanitaria. Su plazo máximo de duración es de 365 días, prorrogables por otros 180 para los casos en que se prevé curación. Una vez agotado el plazo, se procede al alta o a reconocer una incapacidad laboral permanente.

Tipos de incapacidad laboral permanente

El artículo 194 de la Ley General de la Seguridad Social establece cuatro grados en los que se clasifica la Incapacidad Permanente y que sirven para establecer qué tipo de prestaciones son las más adecuadas a la persona.

Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual: ocasiona al trabajador una disminución en su rendimiento normal para dicha profesión, que debe ser superior al 33%, aunque no le impide dedicarse a la misma o a otra profesión.

Incapacidad Permanente Total: impide a la persona realizar dicha profesión, pero puede dedicarse a otra diferente.

Incapacidad Permanente Absoluta para todo tipo de trabajo: impide a la persona cualquier trabajo.

Gran Invalidez: la persona necesita la asistencia de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria a causa de pérdidas anatómicas o funcionales.

¿Cómo se solicita?

Para solicitar esta prestación deberás presentar la solicitud junto con la documentación requerida en los centros de atención e información de la Seguridad Social. Toda la información relativa a la documentación que deberás aportar, así como los formularios que has de rellenar, se encuentran en la web oficial de la Seguridad Social.

El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 135 días.

Para saber más sobre este tema y qué hacer si no estás de acuerdo con la resolución de tu caso, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: VIH y el grado de incapacidad laboral: obtención y revisión de incapacidad

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

La contratación de servicios privados por las personas con VIH

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

¿Puede una persona con VIH contratar servicios privados?

Sí. Cualquier persona con VIH puede contratar servicios privados como puede ser la contratación de un servicio médico, estético, dental, o servicios de otro tipo como puede ser un seguro de salud o un seguro de vida.

¿Las personas con VIH pueden contratar un seguro de salud o de vida?

Efectivamente, las personas con VIH sí pueden contratar un seguro de salud o de vida. El de la contratación de seguros es uno de los sectores en los que más trabas se encuentran las personas con VIH.

Con la publicación de la Ley 4/2018 las cláusulas que expresamente excluyan a las personas con VIH están prohibidas pues esta Ley dice que “No se podrá discriminar a las personas que tengan VIH/SIDA u otras condiciones de salud. En particular, se prohíbe la denegación de acceso a la contratación, el establecimiento de procedimientos de contratación diferentes de los habitualmente utilizados por el asegurador o la imposición de condiciones más onerosas, por razón de tener VIH/SIDA u otras condiciones de salud, salvo que se encuentren fundadas en causas justificadas, proporcionadas y razonables, que se hallen documentadas previa y objetivamente”.

¿Debo decir que tengo VIH en la contratación de un seguro?

La prohibición de discriminación de las personas con VIH a la hora de contratar un seguro no significa que desaparezca la obligación de informar a la aseguradora de todas las circunstancias conocidas que influyan en la valoración del riesgo y de responder al formulario de salud facilitado por la aseguradora, pues son obligaciones que vienen impuestas por la Ley del Contrato de Seguro.

Si se oculta información relevante para la contratación del seguro, puede ser considerado un acto contrario a la buena fe contractual. Te aconsejamos que no omitas la información que te soliciten. Si tienes dudas, ponte en contacto con nosotros.

Además, desde el 1 de enero de 2016, debido a la modificación de la Ley de Contrato de Seguro, en los seguros de personas, el tomador o el asegurado no tienen la obligación de comunicar la variación de las circunstancias relativas al estado de salud. Así, si una persona tenía contratado un seguro y es diagnosticado de VIH con posterioridad a esta fecha, no tiene que informar a la aseguradora.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: La contratación de servicios privados por las personas con VIH

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

La idoneidad de las personas con VIH para la adopción de menores

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

El VIH no puede emplearse como argumento para denegar la adopción de un menor, ya que las personas con VIH indetectable no tienen ninguna limitación para ejercer la patria potestad ni suponen un riesgo para el interés del menor puesto que en estadio indetectable no transmiten la enfermedad.

¿Puede una persona con VIH adoptar a un menor?

En la adopción nacional nada impide que una persona con VIH pueda adoptar a una persona menor de edad siempre y cuando cumpla con los requisitos legales.

Lamentablemente, en la adopción internacional los terceros países son quienes establecen los requisitos y pueden excluir a las personas con VIH.

¿Con qué problemas se encuentran las personas con VIH para adoptar?

En la valoración de la idoneidad de los solicitantes se tienen en cuenta varios criterios. Uno de ellos es el que hace referencia a la “ausencia de enfermedades y/o discapacidades físicas o psíquicas que por sus características o evolución perjudiquen o puedan perjudicar el desarrollo integral de un/a menor”.

Este es, sin duda, el aspecto que más preocupa a las personas con VIH que desean adoptar, pues temen ser rechazadas del procedimiento una vez que revelen su estado serológico. Pese a ello, debemos saber que aunque se  solicite la entrega de un certificado médico de los solicitantes junto con la solicitud de adopción, el dato del VIH no debería ser relevante para determinar la idoneidad, especialmente si la carga viral es indetectable y el estado de salud del solicitante con VIH es bueno.

¿Qué dicen los tribunales sobre la idoneidad de las personas con VIH para adoptar?

Los tribunales ya han advertido que tener VIH no puede considerarse una causa de inhabilitación para el cuidado y atención de un menor.

Sin embargo, es importante saber diferenciar el estadio de la infección por VIH en una persona y la situación que la rodea. La ‘idoneidad’ para adoptar, acoger o custodiar debería determinarse según esa información.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: La idoneidad de las personas con VIH para la adopción de menores

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

VIH y obtención y revisión del grado de discapacidad

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

El VIH y la discapacidad

Debemos tener claras las diferencias entre la discapacidad y la incapacidad laboral. Mientras que la discapacidad se da en la persona que presenta una deficiencia en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales previsiblemente definitivas, la incapacidad trata sobre la aptitud laboral del trabajador.

El mero diagnóstico de VIH no supone el reconocimiento automático de un grado de discapacidad.

¿Quiénes tienen la condición de personas con discapacidad?

Según el RDL 1/2013, serán personas con discapacidad “aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”. A ello se une un requisito administrativo, pues solo tendrán esta consideración aquellas personas que alcancen un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Así pues, el grado de discapacidad depende de la valoración de las deficiencias mencionadas y los denominados factores sociales complementarios.

¿Cómo se solicita el grado de discapacidad?

Puedes presentar la solicitud en las Direcciones Provinciales del IMSERSO o en los denominados Centros Base, que dependen de la Consejería de asuntos sociales de cada Comunidad Autónoma.

Allí te informarán de la documentación requerida así como del formulario de solicitud, que también es posible descargar en internet desde la web de la Comunidad Autónoma correspondiente; a dicha solicitud deberás aportar la documentación que acredite tu identidad y tu situación de salud.

El supuesto de la coinfección

El único caso en el que, previa solicitud, es posible obtener automáticamente el grado del 33% de discapacidad es el de la coinfección por VIH y VHC.

En el resto de casos, el grado de discapacidad dependerá del recuento de CD4, de las enfermedades relacionadas con la inmunodeficiencia o de si ha precisado hospitalización. Junto a los factores médicos se valorarán los factores sociales, pero estos solo se tienen en cuenta cuando el porcentaje de valoración de la discapacidad es de 25 puntos y, en todo caso, la valoración de estos factores no puede superar los 15 puntos.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: VIH y obtención y revisión del grado de discapacidad

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

La responsabilidad civil por la transmisión del VIH

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

Contar o no que tienes VIH a una pareja sexual

Es una decisión especialmente compleja en la que pueden influir multitud de razones que van desde la preocupación sobre la posibilidad de transmisión del virus hasta el miedo al rechazo por la pareja sexual. Sin embargo, debemos saber que revelar el estado serológico es una decisión de carácter personal que estaría determinada por diferentes circunstancias (ética, nivel de riesgo que se quiera asumir en las prácticas sexuales, etc.).

¿Las personas con VIH tienen la obligación legal de revelar a sus parejas sexuales su condición de salud?

En España, las personas con VIH, en garantía de su derecho a la intimidad, no tienen la obligación legal de revelar a sus parejas sexuales, ya sean esporádicas o estables, su condición de salud, pues la simple puesta en peligro no está, en principio, considerada ni como delito ni como falta administrativa. En este sentido es muy importante tener en cuenta la evidencia científica que constata el éxito del tratamiento como prevención. De esta forma, una persona que se encuentra en tratamiento y tiene la carga viral suprimida no puede transmitir el virus, incluso ante una situación de riesgo como la rotura de un preservativo.

La responsabilidad civil por la transmisión del VIH

En los supuestos de transmisión del virus, no solo pueden derivarse para el causante de la transmisión responsabilidades penales sino también civiles.

La responsabilidad civil derivada de delito

La transmisión del VIH por vía sexual ha sido calificado como un delito de lesiones del Código Penal.

La jurisprudencia ha considerado que el VIH supone una grave enfermedad somática, a efectos del delito de lesiones, teniendo en cuenta la irreversibilidad, la asistencia facultativa, el sometimiento a tratamiento de por vida y la aparición de enfermedades oportunistas, mermando con ello la calidad de vida de la persona que contrae el virus.

¿Qué dicen los tribunales sobre este tipo de responsabilidad?

En la mayor parte de las sentencias, los tribunales han establecido además de la correspondiente sanción penal, una indemnización económica en concepto de daños y perjuicios. Se trata de la denominada responsabilidad civil derivada de delito. Esta responsabilidad abarca la restitución de los bienes de que haya sido privada la víctima, la reparación del daño causado directamente por el delito a la víctima y la indemnización de cualquier otro perjuicio material o moral a la víctima o a terceros.

La transmisión del VIH también puede conllevar responsabilidades penales. Encontrarás información sobre VIH y responsabilidades penales en la sección siguiente de este apartado dedicado a «tus derechos».

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: La responsabilidad civil por la transmisión del VIH

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

La responsabilidad penal por la transmisión del VIH

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

Contar o no que tienes VIH a una pareja sexual

Es una decisión especialmente compleja en la que pueden influir multitud de razones que van desde la preocupación sobre la posibilidad de transmisión del virus hasta el miedo al rechazo por la pareja sexual al enterarse de la condición de salud de la personas con VIH. Sin embargo, debemos saber que revelar el estado serológico es una decisión de carácter personal que estaría determinada por diferentes circunstancias (ética, nivel de riesgo que se quiera asumir en las prácticas sexuales, etc.).

¿Las personas con VIH tienen la obligación legal de revelar a sus parejas sexuales su condición de salud?

En España, las personas con VIH, en garantía de su derecho a la intimidad, no tienen la obligación legal de revelar a sus parejas sexuales, ya sean esporádicas o estables, su condición de salud, pues la simple puesta en peligro no está, en principio, considerada ni como delito ni como falta administrativa. En este sentido es muy importante tener en cuenta la evidencia científica que constata el éxito del tratamiento como prevención. De esta forma, una persona que se encuentra en tratamiento y tiene la carga viral suprimida no puede transmitir el virus, incluso ante una situación de riesgo como podría ser la rotura del preservativo.

¿Qué dicen las leyes penales y la jurisprudencia española?

En España solo se castiga penalmente cuando se ha producido la transmisión del VIH a una tercera persona que de forma previa no ha sido informada y que, por consiguiente, no ha podido consentir la puesta en peligro.

Se pueden castigar conductas sexuales realizadas con intención manifiesta de transmitir el VIH, aunque la misma no haya llegado a producirse –es decir que es posible castigar el intento deliberado de transmisión sexual del VIH–.

Los supuestos de transmisión del VIH

Quedan encuadrados en el artículo 149 del Código Penal, como un delito de lesiones doloso (incluyendo el dolo eventual), o bien en el artículo 152 del Código Penal, como un delito de lesiones imprudente, en ambos casos por causar a una tercera persona una enfermedad somática grave, esto es, aquella que es imposible curar o que mantiene una secuela física relevante más allá de la curación.

¿Qué dicen los tribunales?

En la sentencia del Tribunal Supremo 528/2011, de 6 de junio, se establece que el mantener relaciones sexuales sin informar a la pareja estable sobre el estado serológico no es delito. Esto se debe a que nadie está obligado a decir a un tercero que tiene VIH aunque ese tercero sea su pareja estable. No obstante, en la sentencia se exige un ejercicio de responsabilidad a la persona con VIH mediante dos acciones: 1) que ponga todos los medios adecuados para evitar la transmisión y, 2) que en caso de que se produzca una situación de riesgo debe declarar el estado serológico para que se puedan adoptar las medidas de profilaxis post exposición o para que la pareja sexual asuma el riesgo de la infección por el virus.

Tampoco constituiría delito el hecho de que una persona con VIH revelase a su pareja sexual con la que convive de forma estable su estado de salud y esta aceptase mantener relaciones sexuales sin utilizar ningún método preventivo. El eventual resultado de infección no sería imputable a la acción del autor y se consideraría impune (Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla 274/2012, de 23 de mayo).

Si se produjese la transmisión del VIH a la pareja sexual estable o esporádica sin tomar medidas de prevención, entonces sí se habría cometido el tipo penal del artículo 149 o del 152 del CP.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: La responsabilidad penal por la transmisión del VIH

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

VIH e inmigración

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

¿Quiénes pueden recibir asistencia sanitaria en España?

El artículo 43 de la Constitución Española (CE) reconoce el derecho a la protección de la salud, dentro del cual se incluyen las diferentes prestaciones de asistencia sanitaria. Este derecho ha sido desarrollado por diferentes normativas tanto nacionales como autonómicas.

Según lo dispuesto en la Ley 16/2003, tras su modificación por el Real Decreto-ley 7/2018, son titulares de este derecho todas las personas con nacionalidad española y las personas extranjeras que tengan establecida su residencia en el territorio español (artículo 3).

¿Quiénes pueden hacer uso del Sistema Nacional de Salud en España?

Para hacer efectivo el derecho a la protección de la salud con cargo a los fondos públicos, las personas titulares deberán cumplir los requisitos legales: tener la nacionalidad española y residencia habitual en España; tener reconocido el derecho a la asistencia sanitaria en España, siempre que no exista un tercero obligado al pago de dicha asistencia; ser persona extranjera y con residencia legal y habitual en España y no tener la obligación de acreditar la cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía.

¿Pueden recibir tratamiento para el VIH en España los inmigrantes irregulares?

Sí. Los inmigrantes en situación irregular tienen derecho a acceder a la asistencia sanitaria no solo en casos de urgencia por enfermedad grave o accidente, por asistencia al embarazo, parto y postparto, o en el caso de los extranjeros menores de dieciocho años, sino que con la modificación de Ley 16/2003, tras su modificación por el Real Decreto-ley 7/2018, las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes en España tienen derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria en las mismas condiciones que las personas con nacionalidad española.

El procedimiento para la solicitud y expedición del documento certificativo que acredite a las personas extranjeras para poder recibir la prestación asistencial será fijado por cada Comunidad Autónoma.

La legislación española garantiza la asistencia sanitaria también a las personas solicitantes de asilo y refugiadas con carácter general. El acceso a esa asistencia se consigue acudiendo a los centros de salud, centros de especialidades y hospitales, en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos. Las personas que se encuentren en situación de solicitantes de asilo y protección internacional, estudiantes y turistas que requieran de la medicación para el VIH, pueden acudir a asociaciones de pacientes como Cesida,  gTt-VIH, ImaginaMás o Stop Sida, quienes realizan una labor de acompañamiento y donde podrán ayudarles en el proceso administrativo con el fn de garantizar el acceso al tratamiento antirretroviral de forma inmediata.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: VIH e inmigración

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

VIH y género

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

VIH y perspectiva de género

Como cualquier análisis sobre derechos humanos y políticas públicas exige, las acciones contra el VIH requieren un enfoque transversal de género, es decir, tener en cuenta el género como eje especial de análisis y propuesta para la formulación y desarrollo de políticas públicas.

La perspectiva de género nos informa de la vulnerabilidad especial frente al VIH de las personas que forman parte de dos colectivos históricamente discriminados: las mujeres y el colectivo LGTBIQ.

La vulnerabilidad de las mujeres está relacionada con las representaciones sociales y culturales construidas alrededor del cuerpo, la sexualidad y la capacidad reproductiva. Cuando hablamos del VIH es necesario tener en cuenta el impacto que tiene el hecho de ser mujer con VIH, pues en su caso resulta especialmente relevante, por ejemplo, tener en cuenta sus derechos sexuales y reproductivos en las políticas públicas que se planteen y desarrollen.

Las situaciones a las que se han de enfrentar por el hecho de ser mujeres hace necesario el enfoque de género en los programas de reducción del estigma y la discriminación, así como la formación específica en aspectos de género.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: VIH y género

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

El acceso a prestaciones del Sistema Nacional de Salud por las personas con VIH

(Fuente: Clínica Legal de la Universidad de Alcalá)

La Ley de Autonomía del Paciente establece el deber de facilitar los datos sobre su estado de salud de manera leal y verdadera. El VIH es un dato que constará en la historia clínica y que será tratado de forma confidencial.

La atención de las personas con VIH en el Sistema Nacional de Salud

Toda persona con VIH, que cumpla los requisitos administrativos y legales, tiene derecho a que se proteja su salud recibiendo el mejor tratamiento y la mejor atención posibles. Para ello, es importante tener asignado un médico de atención primaria y, con cierta frecuencia, también será necesario acudir a otros especialistas en el hospital.

Por esta razón, siempre que recibas asistencia sanitaria deberías ser tratado/a de forma respetuosa y no ser discriminado por tu condición de salud, origen étnico, por razón de género, orientación sexual, discapacidad o cualquier circunstancia personal o social, ya sea en la unidad donde te atienden por VIH, en tu centro de referencia, en otro servicio hospitalario, en tu consulta de medicina general o en el dentista.

Con respecto a la protección de datos de carácter personal existen reglas estrictas sobre la confidencialidad de la información médica procesada. Los profesionales sanitarios que tratan a una persona con VIH pueden tener acceso a su historia clínica e informes médicos (en los que puede constar el dato del VIH), pero esta información no debe ser compartida con terceras personas, pues se ha de guardar el secreto profesional.

¿Se puede denegar un servicio sanitario a una persona con VIH?

Según lo previsto en la Constitución Española y las leyes que la desarrollan, es ilegal la discriminación hacia una persona con el VIH en cualquier ámbito, y en concreto, en la asistencia sanitaria.

Esto quiere decir que no te pueden denegar un servicio, darte uno menos favorable o proporcionarte un trato desigual, no justificado, por razón del VIH. Así, por ejemplo, no está justificado dar un trato desigual a una persona con VIH haciéndole esperar más tiempo que a otras personas o citándole en último lugar para una intervención quirúrgica u odontológica y, a continuación, realizar una limpieza y desinfección del espacio y el material quirúrgico más a fondo. A veces, se trata de un simple error o de un exceso de precaución o ignorancia, pero lamentablemente también puede deberse a los prejuicios del profesional que le atiende.

¿Qué podemos hacer en estos casos?

Si alguna vez has experimentado este trato desigual e injustificado, puedes plantear el problema al correspondiente profesional sanitario o a su supervisor. En caso de que la respuesta no sea satisfactoria, tienes derecho a afrontar el problema de un modo más formal. Dependiendo de la situación se pueden iniciar actuaciones administrativas y legales. En todo caso, es recomendable dar parte al Servicio de Atención al Paciente del centro médico u hospital.

Para saber más sobre este tema, lee el artículo completo, elaborado por la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá, desde el enlace siguiente: El acceso a prestaciones del SNS por las personas con VIH

Recuerda que puedes enviar tu consulta a la dirección de correo electrónico de la Clínica Legal de la Universidad de Alcalá: [email protected] (La clínica legal ofrece este servicio de forma gratuita, anónima y confidencial. Quienes contestan las consultas son estudiantes y profesores de Derecho.)

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Encontrarás mucho más información en nuestro blog «+Morbo-Riesgo» y en nuestro sitio web en forma de cómic erótico «navegaseguro»:

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